- Ley
- LEY DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 73
Artículo 73 de la LEY DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si participas en competencias deportivas oficiales de la Ciudad de México, por ley te tienes que hacer pruebas de dopaje. Esas pruebas son para ver si has consumido sustancias prohibidas que mejoran tu rendimiento. Es obligatorio para todos los que compiten, no importa si eres principiante o profesional.
Texto oficial
Artículo 73.- Toda persona que participe en las competencias deportivas oficiales organizadas por las autoridades deportivas del Gobierno de la Ciudad de México, está obligada a sujetarse a la práctica de pruebas para determinar la existencia de dopaje
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.