Artículo 130 de la LEY DE CULTURA CÍVICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para ser secretario o secretaria en un juzgado necesitas: ser mexicano o mexicana, tener al menos 20 años y estar en pleno uso de tus derechos como ciudadano. También debes tener título de licenciatura en Derecho con cédula profesional, o estar pasante de la carrera (a punto de titularse). No puedes haber sido condenado por un delito cometido adrede (intencional), ni haber sido suspendido o vetado para trabajar en algún cargo público. Por último, tienes que pasar los exámenes y el curso que ponga el juzgado.
Texto oficial
Artículo 130.- Para ser Persona Secretaria se deben reunir los siguientes requisitos: I. Ser persona mexicana en pleno ejercicio de sus derechos; tener por lo menos 20 años de edad; II. Ser persona licenciada en derecho, con cédula profesional expedida por la autoridad competente o pasante de esta carrera en los términos de la ley respectiva; III. No haber sido condenado en sentencia ejecutoriada por delito intencional; IV. No haber sido suspendida o inhabilitada para el desempeño de un cargo público, y V. Acreditar los exámenes correspondientes y el curso. CAPÍTULO III DE LA SUPERVISIÓN A LOS JUZGADOS
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.