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Artículo 36 de la LEY DE CULTURA CÍVICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si dos o más personas cometen juntas una falta, a cada una le toca la multa más alta que marca la ley para ese caso. Además, si la persona afectada es un niño, una mamá que está dando pecho, un adulto mayor, alguien con discapacidad o una persona que vive en la calle, el castigo puede subirse hasta la mitad de lo que ya toca. Ojo: esa subida no puede pasarse del tope máximo que permiten la Constitución y la ley para las multas.

Texto oficial

Artículo 36.- Cuando una infracción se ejecute con la participación de dos o más personas, a cada una se le aplicará la sanción máxima que para esa infracción señala esta Ley. Cuando la persona molestada u ofendida sea menor de edad, mujer lactante, persona adulta mayor, persona con discapacidad o personas pertenecientes a las poblaciones callejeras, se aumentará la sanción hasta en una mitad, sin exceder el máximo constitucional y legal establecido, para el caso de la multa.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.