Artículo 103 del REGLAMENTO DE LA LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando la Secretaría te dé permiso para poner una base de servicio (como una parada o estación de taxis, camiones o transporte), debe seguir las reglas del Manual de Diseño de Áreas de Transferencia y del Manual de Dispositivos de Tránsito. Además, tiene que revisar que tengas espacio suficiente, que no afecte la zona, que no estorbe el tráfico ni a otros servicios, y que justifiques cuánta gente lo va a usar. También debe incluir cómo vas a operar, cuántos vehículos y de qué tipo necesitas, que no le hagas competencia desleal a otros concesionarios, las tarifas según el equipo, y todo lo que marquen otras leyes.
Texto oficial
Artículo 103.- Las autorizaciones que otorgue la Secretaria relativas a las bases de servicio, deberán ajustarse a las características indicadas en el Manual de Diseño y Operaciónn de Áreas de Transferencia para el Transporte y el Manual de Dispositivos para el Control del Tránsito. Así mismo deben considerar y contener lo siguiente: I. Espacio disponible; II. El impacto en la zona; III. La infraestructura existente; IV. Que se considere la mejora de las vías existentes, es decir, que la operación de la base de servicio no entorpezca el tránsito o la operación regular de otros servicios; V. El estudio que justifique el impacto entre la oferta y la demanda actual y potencial del servicio por parte de los usuarios en la zona de influencia; VI. Proyecto de operación del servicio, descripción detallada del tipo y modalidad del transporte a satisfacer; VII. Número de unidades necesarias para prestar el servicio; VIII. Tipo y características de los vehículos que requerirán; IX. Que la prestación del servicio de transporte de que se trate, no genere una competencia desleal y ruinosa a los concesionarios; X. Las tarifas aplicables en función del equipo a utilizarse; y XI. Las demás que señalen las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.