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Artículo 129 del REGLAMENTO DE LA LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para renovar tu licencia tipo B, C, D o E en la Ciudad de México, puedes hacer el trámite hasta un mes antes de que se venza. Vas a llenar un formulario que te da la Secretaría de Movilidad, donde aseguras bajo protesta de decir verdad que tus datos son correctos. Necesitas llevar tu identificación oficial (como INE o pasaporte), un comprobante de domicilio reciente (no mayor a tres meses) y el pago de los derechos. Además, para estas licencias debes comprobar que pasaste exámenes médicos, de capacitación y de manejo hechos por organismos autorizados. Si es para licencia Tipo E de transporte escolar o de personal, también necesitas un certificado de primeros auxilios; y si prefieres, puedes hacer todo por internet en la plataforma que indique la Secretaría, y pedir después tu licencia física si la necesitas.

Texto oficial

Artículo 129.- La renovación de las licencias on u r T po “B” “C” “D” y “E” po rá s r p rt r l mes anterior al término de su vigencia. El interesado presentará el formato de solicitud correspondiente que emita la Secretaría, manifestando bajo protesta de decir verdad que los datos proporcionados son correctos. La solicitud señalará en forma precisa nombre, domicilio y deberá acompañarse en original y copia, de los siguientes documentos para registro ante esta Secretaría: I. Comprobante de pago de los derechos establecidos en el Código Fiscal de la Ciudad de México vigente en el ejercicio fiscal correspondiente; II. Identificación oficial con fotografía y firma del solicitante: a) Credencial para Votar (INE); b) Pasaporte; c) Cartilla del Servicio Militar Nacional; d) Cédula Profesional; e) Licencia Tipo A. III. Comprobante de domicilio del solicitante, cuya expedición no sea mayor a tres meses: a) Recibo de agua; b) Recibo de Luz; c) Recibo de Teléfono; d) Recibo de Predial. Los sp r nt s r nov r un l n T po “B” “C” “D” y “E” t n rán qu s r v lu os por Organismos Académicos, Sector Privado, y Dependencias de Gobiernos Locales y Federales, en su caso, aceptados por esta Secretaría: V. Evaluación Médica Integral; VI. Capacitación; VII. Conocimientos y Desempeño (pericia); VIII. La licenci T po “B” C” “D” y “E” v n n or g n l nj Para la renovación de la licencia Tipo E en su modalidad de transporte escolar o de personal se requiere contar, además de los requisitos anteriores, con: IX. Constancia de capacitación en Primeros Aux l os p r l L n T po “E” La persona interesada podrá realizar el trámite de forma digital mediante la plataforma electrónica que la Secretaría determine, en cuyo caso, deberá llenar la solicitud digital, cumpliendo los requisitos, formatos y mecanismos que la propia Secretaría establezca. En caso de que la persona interesada opte por la realización del trámite de forma digital, se tendrá por manifiesta su voluntad para obtener una renovación de licencia para conducir digital. La Secretaría podrá expedir un documento físico a su favor en caso de que la persona interesada así lo requiera mediante los procesos que determine la Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 60) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.