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Artículo 186 del REGLAMENTO DE LA LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a decidir cómo deben ser los anuncios en los camiones, microbuses y vehículos de carga, para que todos se vean iguales y no confundan a los pasajeros ni a las autoridades que vigilan el servicio. Los permisos para poner publicidad pueden durar 3 meses, 6 meses o 1 año, según lo que la Secretaría establezca. Además, todos los anuncios en estos vehículos deben seguir las reglas técnicas que la Secretaría publique.

Texto oficial

Artículo 186.- La Secretaría determinará el tipo de autorización y las características que deba reunir la publicidad, con el fin de lograr una uniformidad para los vehículos que prestan el servicio de transporte de pasajeros público colectivo y de carga, debiéndose cuidar que en ningún caso la publicidad provoque confusión en el público usuario o en las autoridades reguladoras del servicio. La vigencia de los permisos según sus características podrá ser de tres meses, seis meses y un año. Los anuncios en vehículos del servicio de transporte deben sujetarse a lo previsto en los Lineamientos Técnicos que la Secretaría emita para tal efecto.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 75) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.