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Artículo 231 del REGLAMENTO DE LA LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En este artículo se dice que, en el transporte público (como estaciones, trenes, camiones, etc.), hay equipos especiales como extintores, alarmas y teléfonos de emergencia que solo debes usar si de verdad hay una urgencia. Por ejemplo, si hay un incendio, un accidente muy grave o si alguien está atacando a otros o robando. No debes usarlos por jugar o sin necesidad, porque son solo para situaciones serias.

Texto oficial

Artículo 231.- Los ruptores y alarmas de urgencia y seguridad como extinguidores de incendio y teléfonos de emergencia instalados en Estaciones, Centros de Transferencia Modal, andenes, trenes, unidades y vehículos de transporte público en general, sólo pueden ser operados por los usuarios en caso de emergencia tales como incendio, accidente corporal grave, y ataques contra la seguridad de las personas y sus bienes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 88) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.