Artículo 26 del REGLAMENTO DE LA LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las oficinas del gobierno y las empresas de transporte deben darle a la Secretaría todos los estudios y planes que hagan sobre movilidad y seguridad vial. Esto es para que esos documentos se junten en un banco de proyectos de infraestructura para la movilidad. En otras palabras, si una dependencia o empresa de camiones o trenes elabora un estudio sobre cómo mejorar las calles o evitar accidentes, tiene que compartirlo con la Secretaría. Así el gobierno puede tener toda la información en un solo lugar y usarla para tomar mejores decisiones.
Texto oficial
Artículo 26.- Los entes públicos y organismos de transporte están obligados a entregar a la Secretaría, todos los estudios y proyectos en materia de movilidad y seguridad vial que generen para que sean integrados en el banco de proyectos de infraestructura para la movilidad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.