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Artículo 81 del REGLAMENTO DE LA LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 81 habla del transporte de carga ocasional, que es cuando usas tu vehículo particular para llevar cosas de vez en cuando, como mudanzas o mercancía, pero necesitas registrarte y sacar un permiso temporal con las autoridades fiscales. También dice que no necesitas permisos especiales para transportar árboles de Navidad en tu coche, igual que en otros casos que ya están permitidos por el Reglamento de Tránsito. En pocas palabras, si de repente cargas tu carro con bienes, debes tramitar un permiso, pero los árboles de Navidad son la excepción para evitar complicaciones.

Texto oficial

Artículo 81.- El Transporte de Carga Ocasional es aquél mediante el cual las personas físicas y morales con vehículos particulares satisfacen sus necesidades esporádicas de transporte de bienes, previo cumplimento de haberse registrado ante las autoridades fiscales administrativas para la obtención del permiso temporal correspondiente. El transporte de árboles de navidad en vehículos particulares no requerirá permiso de la Secretaría, así como en los casos previstos en el Reglamento de Tránsito.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.