- Ley
- REGLAMENTO INTERIOR DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA VENUSTIANO CARRANZA
- Artículo
- 25
Artículo 25 del REGLAMENTO INTERIOR DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA VENUSTIANO CARRANZA
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las actas de las reuniones de la Alcaldía solo son válidas si las firman todas las personas que estuvieron presentes en esa sesión. Si alguien no firma, el acta no tiene validez completa. Es como cuando haces un trato entre amigos y, para que cuente, todos deben poner su firma.
Texto oficial
ARTÍCULO 25.- Las actas deberán ser firmadas por los integrantes de la Alcaldía que participaron en la sesión para la validez plena de la misma.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.