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Artículo 1064 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien que tienes que llevar como testigo a un juicio no se presenta, el juez te puede aplicar un castigo de arresto por 36 horas. Además, a la persona que pidió que ese testigo fuera llamado a declarar se le cancela su prueba, o sea, pierde la oportunidad de presentar ese testimonio.

Texto oficial

Artículo 1064. Cuando se trate de testigos que deban ser citados, se les apercibirá con un arresto por treinta y seis horas, en caso de inasistencia, declarándose desierta la prueba a su oferente. Sección Tercera DE LA PERICIAL

Ver texto oficial del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 260) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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