Artículo 1064 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien que tienes que llevar como testigo a un juicio no se presenta, el juez te puede aplicar un castigo de arresto por 36 horas. Además, a la persona que pidió que ese testigo fuera llamado a declarar se le cancela su prueba, o sea, pierde la oportunidad de presentar ese testimonio.
Texto oficial
Artículo 1064. Cuando se trate de testigos que deban ser citados, se les apercibirá con un arresto por treinta y seis horas, en caso de inasistencia, declarándose desierta la prueba a su oferente. Sección Tercera DE LA PERICIAL
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