Artículo 1078 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En un juicio oral, si el juez toma una decisión que te perjudica y está en una lista específica de casos (los del Capítulo III, Título Décimo Segundo de este Código), puedes presentar un "recurso de queja". Eso es un derecho que tienes para reclamar cuando la autoridad no te permite apelar de otra forma. No es para cualquier situación, solo aplica en los casos que la ley señala.
Texto oficial
Artículo 1078. En el juicio oral será admisible el recurso de queja en los casos previstos el Capítulo III, del Título Décimo Segundo de este Código. Sección Tercera DE LA REPOSICIÓN
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