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Artículo 25 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las acciones personales son las demandas que tú puedes presentar ante un juez para que alguien cumpla con una obligación que tiene contigo. Esa obligación puede ser entregarte algo (como dinero o un objeto), hacer algo por ti (como reparar tu coche) o dejar de hacer algo (como no hacer ruido en la noche). En pocas palabras, sirven para exigir que una persona cumpla lo que te prometió o debe hacer.

Texto oficial

ARTICULO 25 Las acciones personales se deducirán para exigir el cumplimiento de una obligación personal, ya sea de dar, de hacer o no hacer determinado acto.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.