Artículo 3 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien tiene un problema legal sobre una propiedad o un bien, puede usar un tipo de demanda llamada "acción real". Con ella puedes reclamar cosas como una herencia, un derecho sobre un bien (por ejemplo, ser el dueño) o pedir que te declaren libre de deudas o compromisos que tenga ese bien. Esta demanda se presenta contra la persona que tiene ese objeto en su poder y que está obligada por ley a responder. La excepción son dos casos: la "petición de herencia" (cuando reclamas una herencia) y la "acción negatoria" (cuando pides que alguien deje de molestarte porque dices que no tiene derecho sobre tu propiedad).
Texto oficial
ARTICULO 3 Por las acciones reales se reclamarán: la herencia, los derechos reales o la declaración de libertad de gravámenes reales. Se dan y se ejercitan contra el que tiene en su poder la cosa y tiene obligación real, con excepción de la petición de herencia y la negatoria.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.