Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 810 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien te llama para reclamar una herencia, tienes que presentar un escrito donde digas qué tanto eres familiar del difunto (hijo, primo, etcétera). Para comprobarlo, debes entregar papeles oficiales, como actas de nacimiento, y también un árbol genealógico que muestre los lazos familiares. Todos esos documentos se van agregando al expediente de la herencia conforme los vayas entregando.

Texto oficial

ARTICULO 810 Los que comparezcan a consecuencia de dichos llamamientos, deberán expresar por escrito el grado de parentesco en que se hallen con el causante de la herencia, justificándolo con los correspondientes documentos, acompañados del árbol genealógico. Estos escritos y documentos se unirán a la sección de sucesión por el orden en que se vayan presentado. (REUBICADO, G.O. 13 DE SEPTIEMBRE DE 2004)

Ver texto oficial del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 193) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.