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Artículo 96 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si le pides un documento o un informe a alguna empresa o institución donde trabajas, y se niegan a dártelo sin una razón válida, el juez puede obligarlos a que te lo entreguen. Para eso, el juez puede usar herramientas legales como multas o incluso arrestos, que están en esta ley, para asegurarse de que cumplan con su orden.

Texto oficial

ARTICULO 96 En el caso de que se demuestre haber solicitado la expedición de documento o informe a las personas morales o dependencia en que se encuentre y no se expida sin causa justificada, el juez ordenará su emisión utilizando cualquiera de los medios de apremio previstos en este ordenamiento para que se cumpla el mandamiento judicial. (REFORMADO, D.O.F. 24 DE MAYO DE 1996)

Ver ley oficial en el DOF (pág. 27) ↗

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