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Artículo 12 del REGLAMENTO TAURINO PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres organizar una corrida de toros en la Ciudad de México, primero necesitas un permiso de la Delegación (la alcaldía) si el lugar donde la harás no tiene una licencia especial para ese tipo de eventos. En cambio, si el lugar ya cuenta con esa licencia, solo tienes que avisar a la autoridad, sin necesidad de pedir otro permiso. Ese aviso debe hacerse siguiendo las reglas que marca la Ley. En pocas palabras, mientras más preparado esté el sitio, menos trámites te piden.

Texto oficial

Artículo 12.- Para celebrar espectáculos taurinos en el Distrito Federal, en cosos que no cuenten con licencia de funcionamiento para tales efectos, se requiere permiso de la Delegación. Cuando se trate de cosos con licencia de funcionamiento, sólo se requerirá la presentación de un aviso en los términos señalados por la Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.