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Artículo 25 del REGLAMENTO TAURINO PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los espectáculos de toros se dividen en tres tipos. El primero son las corridas de toros, que pueden ser formales o mixtas. El segundo son las novilladas, donde torean toros jóvenes, y pueden ser con o sin picadores. El tercero son los festivales taurinos y becerradas, que son eventos más pequeños. Las empresas que organizan estos eventos tienen la obligación de decirte claramente de qué categoría se trata para que sepas lo que vas a ver.

Texto oficial

Artículo 25.- Los espectáculos taurinos podrán ser de tres categorías: I. Corridas de toros; II. Novilladas, y III. Festivales taurinos y becerradas. Las corridas podrán ser formales o mixtas y las novilladas, con picadores o sin ellos. Las empresas tendrán obligación de anunciar con toda claridad la categoría que corresponda a cada espectáculo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.