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Ley
REGLAMENTO TAURINO PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
89

Artículo 89 del REGLAMENTO TAURINO PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Antes de que salga el toro a la arena, el o los jinetes (a los que se les dice "caballistas") ya tienen que estar listos en el ruedo. Una vez que el toro está presente, ellos pueden hacer el toreo montados a caballo y también cualquier demostración con su caballo que quieran para lucirse.

Texto oficial

Artículo 89.- El o los caballistas deberán estar en el ruedo antes de que aparezca el toro en la arena. Harán el toreo a caballo y las demostraciones ecuestres de lucimiento que deseen.

Ver texto oficial del REGLAMENTO TAURINO PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 21) ↗

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