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Ley
REGLAMENTO TAURINO PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
94

Artículo 94 del REGLAMENTO TAURINO PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En las corridas de toros, los "peones de brega" son los ayudantes que asisten al jinete (caballista) y a los forcados (los que sujetan al toro). Según este artículo, esos ayudantes deben ser los mismos para ambos durante cada toro, pero no pueden cambiar de jinete en la misma corrida. O sea, si trabajan con un caballista, no pueden ayudar a otro ese día.

Texto oficial

Artículo 94.- Los peones de brega que asistan al caballista y forcados serán los mismos para ambos en cada toro, pero estos peones no podrán actuar con otro caballista en la misma corrida. CAPITULO XI DEL SERVICIO MÉDICO

Ver texto oficial del REGLAMENTO TAURINO PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 21) ↗

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