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Artículo 95 del REGLAMENTO TAURINO PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La empresa que organiza la corrida elige al jefe de los doctores y a los demás médicos de la plaza, pero tiene que basarse en una lista que proponen los sindicatos de toreros. Después, la Delegación (que es una autoridad del gobierno) tiene que dar el visto bueno. El jefe de los doctores debe avisarle al juez de la plaza sobre cualquier herida que sufran los toreros, sus ayudantes, los trabajadores o el público. También tiene que asegurarse de que haya servicio médico mientras encierran a los toros antes del evento.

Texto oficial

Artículo 95.- El Jefe del Servicio Médico de la plaza y los médicos de la plaza serán designados por la empresa a propuesta de la Asociación Nacional de Matadores de Toros, Novillos y Similares y de la Unión Mexicana de Picadores y Banderilleros, previa aprobación de la Delegación. El Jefe del Servicio Médico dará parte al Juez de Plaza de las lesiones sufridas durante el festejo por cualquier alternante, personal de cuadrilla, empleados de la plaza o espectadores. El Jefe del Servicio Médico proveerá lo necesario para prestar sus servicios también durante el entorilamiento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.