Artículo 1 del REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ TÉCNICO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS DEL PROGRAMA ALTÉPETL BIENESTAR, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que las reglas que vienen a continuación son para organizar cómo va a trabajar el Comité Técnico del programa “Altépetl Bienestar” durante el año 2025. Ese comité es el grupo de personas que decide a quién se le dan los apoyos económicos del Fondo Ambiental del Distrito Federal. Todos los que forman parte de ese comité tienen la obligación de seguir estas reglas al pie de la letra.
Texto oficial
Artículo 1. Las disposiciones del presente Reglamento Interno tienen por objeto regular la organización y funcionamiento del Comité Técnico de Asignación de Recursos (CTAR) del “Programa Altépetl Bienestar”, para el ejercicio fiscal 2025, en el proceso de toma de decisiones para el otorgamiento de ayudas con Recursos del Fondo Ambiental Público del Distrito Federal (FAP-DF), y es de observancia obligatoria para todos sus miembros.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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