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Artículo 1 del REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ TÉCNICO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS DEL PROGRAMA ALTÉPETL BIENESTAR, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que las reglas que vienen a continuación son para organizar cómo va a trabajar el Comité Técnico del programa “Altépetl Bienestar” durante el año 2025. Ese comité es el grupo de personas que decide a quién se le dan los apoyos económicos del Fondo Ambiental del Distrito Federal. Todos los que forman parte de ese comité tienen la obligación de seguir estas reglas al pie de la letra.

Texto oficial

Artículo 1. Las disposiciones del presente Reglamento Interno tienen por objeto regular la organización y funcionamiento del Comité Técnico de Asignación de Recursos (CTAR) del “Programa Altépetl Bienestar”, para el ejercicio fiscal 2025, en el proceso de toma de decisiones para el otorgamiento de ayudas con Recursos del Fondo Ambiental Público del Distrito Federal (FAP-DF), y es de observancia obligatoria para todos sus miembros.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

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