Artículo 2 del REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ TÉCNICO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS DEL PROGRAMA ALTÉPETL BIENESTAR, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El CTAR es un comité de personas que decide si se aprueban o no las solicitudes de ayuda del programa Altépetl Bienestar. Ahí participan autoridades de la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México. Es como un grupo de coordinación que revisa y valida cada petición que se presenta.
Texto oficial
Artículo 2. El CTAR es el órgano colegiado encargado de la toma de decisiones del Programa Altépetl Bienestar, a través del cual se validarán o rechazarán las solicitudes de ayuda que se presenten, siendo una instancia de coordinación institucional, donde participan las autoridades de la Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno de la Ciudad de México (SEDEMA). CAPÍTULO II DE LA INTEGRACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO
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