Artículo 33 del REGLAMENTO DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE BOX Y EL DESARROLLO DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DE BOXEO EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los organizadores de peleas de boxeo tienen la obligación de contratar un seguro médico para los boxeadores, ya sea con hospitales públicos o privados. Este seguro debe servir para que los peleadores reciban atención médica cuando la necesiten y para que les den seguimiento a su salud. Además, la póliza debe estar activa hasta 30 días después de que termine la pelea o el torneo, contando desde el día siguiente de su participación.
Texto oficial
Artículo 33. Los promotores deberán gestionar ante las instituciones de salud pública o privada la contratación de una póliza de seguro médico, que permita la debida atención de los boxeadores y un oportuno seguimiento a su estado de salud. Dicha póliza deberá estar vigente, por lo menos, hasta treinta días naturales posteriores al día siguiente de su participación en el evento o torneo de boxeo correspondiente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.