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Artículo 114 de la LEY DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ser el jefe de la Procuraduría de Protección (la oficina que defiende a niños y adolescentes), necesitas cumplir con estos requisitos: ser mexicano y tener tus derechos políticos y civiles al corriente, tener más de 35 años, tener título de licenciado en Derecho con cédula registrada. También debes comprobar al menos 5 años de experiencia defendiendo a menores de edad, y no tener una condena por delito intencional (hecho a propósito) ni estar inhabilitado para trabajar en el gobierno. Además, este puesto lo nombra la Junta de Gobierno del DIF de la Ciudad de México, a propuesta del director del DIF.

Texto oficial

Artículo 114. Los requisitos para ser titular de la Procuraduría de Protección, son los siguientes: I. Tener ciudadanía mexicana en pleno goce de sus derechos civiles y políticos; II. Tener más de 35 años de edad; III. Contar con título profesional de licenciatura en derecho debidamente registrado; IV. Contar con al menos cinco años de experiencia en defensa de los derechos de niñas, niños y adolescentes; V. No tener sentencia por delito doloso o inhabilitación como servidor público; El nombramiento de la persona Titular de la Procuraduría de Protección deberá ser aprobado por la Junta de Gobierno del DIF-CDMX, a propuesta de su Titular. Sección Cuarta De las Medidas de Protección Especial

Ver ley oficial en el DOF (pág. 65) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.