Artículo 123 de la LEY DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno, los políticos locales, los grupos de ayuda social y las empresas privadas deben trabajar juntos para hacer y llevar a cabo un plan de protección para niños y adolescentes. Este plan tiene que seguir las reglas de la Ciudad de México, el plan nacional de desarrollo y lo que dice esta ley. En pocas palabras, todos deben coordinarse para que el plan funcione bien y esté de acuerdo con las otras leyes importantes.
Texto oficial
Artículo 123. Las autoridades y los órganos político administrativos, a través del Sistema de Protección, así como los sectores privado y social, participarán en la elaboración y ejecución del Programa de Protección Integral, el cual deberá ser acorde con el Programa Nacional de Desarrollo y el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal y con la presente Ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.