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Artículo 124 de la LEY DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el Programa debe incluir un plan completo para cuidar los derechos de niñas, niños y adolescentes. Ese plan tiene que definir qué se quiere lograr, cómo se va a hacer y cuáles son las acciones más importantes para respetarlos, protegerlos y promover su bienestar. Además, debe pensar en medidas que funcionen tanto a mediano como a largo plazo. En pocas palabras, es como una hoja de ruta para asegurar que los niños y adolescentes estén protegidos y atendidos correctamente.

Texto oficial

Artículo 124. El Programa contendrá las estrategias, políticas, objetivos, metas y líneas de acción prioritarias en materia de ejercicio, respeto, promoción y protección integral de niñas, niños y adolescentes, asimismo preverá acciones de mediano y largo alcance, indicará las estrategias, los objetivos, metas y líneas de acción prioritarias.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 66) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.