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Artículo 138 de la LEY DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El dinero que se junte por las multas de este capítulo se va a usar para un fondo especial llamado Fideicomiso de Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Ese fondo sirve para pagar acciones y programas que ayuden a devolverles sus derechos a los niños y adolescentes que hayan sido afectados. Todo lo que se recaude se destina directamente a ese fideicomiso, que es como una cuenta de ahorros manejada para ese propósito. Así, las sanciones económicas no se pierden, sino que se convierten en beneficio para los menores.

Texto oficial

Artículo 138. Los recursos generados de la aplicación de las sanciones establecidas en este Título serán dirigidos al Fideicomiso de Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, cuyo objeto será la implementación de las acciones y políticas establecidas en el Plan de Restitución de derechos a favor de niñas, niños y adolescentes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 69) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.