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Artículo 53 de la LEY DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que las niñas, niños y adolescentes con discapacidad tienen los mismos derechos que cualquier otra persona. Pueden vivir con su familia, recibir atención adecuada y decidir sobre su vida sexual y reproductiva, incluyendo la opción de tener hijos si así lo desean. Si tienen una discapacidad mental, ya sea por problemas psicológicos o intelectuales, se les debe ayudar a desarrollar al máximo sus habilidades y talentos. Además, está totalmente prohibido aplicarles terapias o tratamientos que los humillen, lastimen o violen sus derechos, y tampoco pueden usarlos para experimentos médicos o científicos.

Texto oficial

Artículo 53. Niñas, niños y adolescentes con discapacidad tienen derecho a vivir en una sociedad inclusiva, a ser parte de una familia, a la atención, el respeto de los derechos sexuales y reproductivos, incluido el derecho a mantener su fertilidad, en igualdad de condiciones con las demás personas. La atención de las niñas, niños y adolescentes con discapacidad mental, sea por causa psíquica o intelectual, buscará el desarrollo al máximo de sus capacidades y aptitudes. En ninguna circunstancia, las niñas, niños y adolescentes con discapacidad podrán ser sometidas a prácticas o terapias que atenten contra su dignidad, integridad, derechos o formen parte de experimentos médicos o científicos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 34) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.