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Artículo 38 de la LEY PARA EL RECONOCIMIENTO Y LA ATENCIÓN DE LAS PERSONAS LGBTTTI DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 38 dice que la persona que ocupe el puesto de titular de la Secretaría Ejecutiva de la UNADIS debe cumplir estos requisitos: tener conocimientos básicos sobre diversidad sexual y derechos humanos en la Ciudad de México, tener al menos cinco años de experiencia laboral comprobable en el tema, declararse públicamente como parte de la comunidad LGBTTTI, contar con el apoyo de organizaciones civiles que trabajen en el área, y no estar impedida legalmente para trabajar en el servicio público.

Texto oficial

Artículo 38. La persona titular de la Secretaría Ejecutiva de la UNADIS, deberá acreditar: I. Tener conocimientos generales en materia de Diversidad Sexual y derechos humanos y el marco normativo vigente para la Ciudad De México; II. Contar con experiencia laboral en materia de diversidad sexual y Derechos Humanos de, por lo menos, cinco años comprobables; III. Ser persona que se autoadscriba públicamente como persona LGBTTTI; IV. Contar con el respaldo de organizaciones de la sociedad civil que enfoquen su trabajo en la materia; y V. No estar inhabilitada para el ejercicio del servicio público.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.