Artículo 5 de la LEY DE FOMENTO A LAS ACTIVIDADES DE DESARROLLO SOCIAL DE LAS ORGANIZACIONES CIVILES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las actividades que menciona la ley (como apoyar causas sociales) son importantes para toda la sociedad. Por eso, todas las oficinas del gobierno de la Ciudad de México deben promoverlas, ya sea con recursos, beneficios fiscales o de otras maneras. Por ejemplo, deben invitar a la gente a participar en programas sociales, crear condiciones para que las organizaciones civiles trabajen mejor, y asegurarse de que la información sea clara y haya coordinación entre el gobierno y estos grupos. También deben hacer que las organizaciones cumplan con sus obligaciones, pero respetando sus derechos, y apoyar investigaciones para ayudarlas a crecer. Finalmente, las distintas áreas del gobierno deben trabajar juntas para lograr todo esto.
Texto oficial
Artículo 5.- Las actividades a que se refiere el artículo 2 de esta Ley son de interés social, por lo que las dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán fomentarlas, tanto administrativa como fiscalmente, así como mediante: I. La promoción de la participación ciudadana en las políticas de Desarrollo Social; II. La creación de condiciones que estimulen a las organizaciones civiles que realizan actividades a las que se refiere esta ley; III. La regulación de mecanismos transparentes de información, coordinación, concertación, participación y consulta de las organizaciones civiles; IV. El establecimiento de mecanismos que permitan la proyección pública de la relación de corresponsabilidad gobierno-sociedad civil en el ámbito de Desarrollo Social; V. El establecimiento de mecanismos para que las organizaciones civiles cumplan con las obligaciones que les señala esta Ley y se les garantice el goce y ejercicio de sus derechos; y VI. La promoción de estudios e investigaciones que permitan apoyar a las organizaciones civiles en el desarrollo de sus actividades. Las dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, propiciaran la actuación coordinada para el fomento de las actividades de Desarrollo Social.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.