Artículo 3 de la LEY DE MEJORAMIENTO BARRIAL Y COMUNITARIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo dice que la Secretaría, por medio de la Subsecretaría, es la encargada de poner en práctica esta ley. Pero eso no quita que otras oficinas del gobierno también tengan sus propias responsabilidades. En pocas palabras, la Secretaría lidera el trabajo, pero no es la única que puede actuar.
Texto oficial
Artículo 3º.- La aplicación de la presente Ley estará a cargo de la Secretaría a través de la Subsecretaría, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a los demás órganos de la Administración Pública. CAPÍTULO II DEL MEJORAMIENTO BARRIAL Y COMUNITARIO
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.