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Artículo 1 de la LEY DE FOMENTO PARA LA LECTURA Y EL LIBRO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta ley aplica para todas las personas que viven en la Ciudad de México. Las reglas que contiene son obligatorias para todos y buscan beneficiar a la comunidad en general. Nadie puede evitarlas ni ponerse de acuerdo para no cumplirlas. En pocas palabras, son normas que protegen el bienestar de todos los chilangos.

Texto oficial

Artículo 1.- Las disposiciones de esta Ley son de orden público e interés social para los habitantes de la Ciudad de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.