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Artículo 15 de la LEY DE FOMENTO PARA LA LECTURA Y EL LIBRO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección General de Vinculación Cultural Comunitaria, junto con la Secretaría de Movilidad de la CDMX, se va a poner de acuerdo para que en el transporte público (como camiones, metros o microbuses, tanto de la ciudad como de particulares) se fomente la lectura. Esto significa que van a repartir libros, revistas o cuentos para que la gente pueda leer durante su viaje. La idea es que leer sea una actividad que se promueva en lugar de otras distracciones, como ver el celular. Todo esto lo harán firmando acuerdos para que sea posible.

Texto oficial

Artículo 15.- - La Dirección General de Vinculación Cultural Comunitaria, en coordinación con la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México, establecerá las medidas necesarias, mediante suscripción de los acuerdos correspondientes, para que, en el transporte público de la Ciudad de México, concesionado y no concesionado, se privilegie la lectura y se distribuya material de lectura durante el trayecto.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.