Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 16 de la LEY DE FOMENTO PARA LA LECTURA Y EL LIBRO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo de Fomento a la Lectura y el Libro va a pedir que en la radio y la televisión se les dé tiempo oficial para promover que la gente lea más. Esto significa que, sin costo extra, se transmitirán mensajes sobre la importancia de leer. El Consejo se encargará de organizar esos espacios para que lleguen a todo el público.

Texto oficial

Artículo 16.- El Consejo de Fomento a la Lectura y el Libro, gestionará espacios de tiempo oficial en los medios de comunicación para fomentar la lectura.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.