Artículo 113 de la LEY DE SALUD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 113 dice que el Gobierno debe hacer varias cosas para mejorar la salud de todos, pero con especial cuidado en niños, adolescentes y jóvenes. Lo que hará es: crear leyes y programas que cuiden la salud de cada persona y de la comunidad; fomentar espacios sanos como casas, escuelas, trabajos y colonias; ayudar a que tú y tu comunidad aprendan a cuidar su salud y se involucren en esto; impulsar que la gente participe activamente en temas de salud; y cambiar los servicios médicos para que sean para todos, con atención básica y organizados en redes completas.
Texto oficial
Artículo 113. Para procurar los objetivos de la promoción de la salud, especialmente en niñas, niños, adolescentes y jóvenes, el Gobierno impulsará: I. La generación de políticas públicas que propicien la salud individual y colectiva; II. El desarrollo de entornos saludables, a nivel comunitario, en centros habitacionales, educativos, de trabajo, recreativos, colonias, pueblos y barrios; III. El fortalecimiento de las capacidades de las personas y los colectivos para el empoderamiento sanitario y la construcción de una cultura de la salud; IV. El impulso a la participación comunitaria y social en pro de la salud, y V. La reorientación de los servicios de salud hacia la universalidad, la atención primaria a la salud y la organización en redes integradas e integrales. CAPÍTULO XIX NUTRICIÓN, SOBREPESO, OBESIDAD Y TRASTORNOS ALIMENTARIOS
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.