Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 125 de la LEY DE SALUD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a tener una oficina especial llamada Unidad Administrativa para la Atención y Prevención de las Adicciones de la Ciudad de México. Su función es fijar las reglas y pasos a seguir para prevenir y atender el consumo de drogas o sustancias que afectan la mente (sustancias psicoactivas). Esta oficina también se encargará de supervisar que tanto el gobierno, como organizaciones sociales y empresas privadas, den servicios adecuados en este tema.

Texto oficial

Artículo 125. La Secretaría contará con una Unidad Administrativa para la Atención y Prevención de las Adicciones de la Ciudad de México, encargada de establecer lineamientos y criterios para el desarrollo de las acciones en materia de prevención y atención integral del consumo de sustancias psicoactivas, que lleven a cabo los sectores público, social y privado y vigilar la prestación de servicios en materia de consumo de sustancias psicoactivas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 40) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.