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Artículo 158 de la LEY DE SALUD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno de la Ciudad de México es la encargada de recibir y atender tus quejas sobre problemas de salud (como restaurantes sucios o productos dañados). Cuando presentes una denuncia, ellos van a revisar si el caso es su responsabilidad y si hay un riesgo real para tu salud. Después, pueden ir a hacer una visita de diagnóstico para ver qué está pasando y darte recomendaciones para arreglarlo. Si el problema involucra a otras autoridades (como la policía o protección civil), pueden ir junto con ellas. En los casos más graves, harán una visita de verificación y, si encuentran algo malo, pueden aplicar multas o cerrar el lugar.

Texto oficial

Artículo 158. A la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno de la Ciudad de México le corresponde atender las denuncias que le sean presentadas, a través de las siguientes acciones: I. Análisis del caso, para establecer la competencia y existencia del riesgo sanitario; II. Visita de diagnóstico sanitario y, en su caso, la emisión de recomendaciones para las acciones correctivas; III. Visita conjunta con otras autoridades, cuando el problema implique la concurrencia de varias autoridades; IV. Transferencia del asunto a autoridades competentes para su atención, cuando así sea el caso, y V. Visita de verificación sanitaria, y en su caso, la aplicación de medidas de seguridad y sanciones, cuando sea necesario. CAPÍTULO II AGENCIA DE PROTECCIÓN SANITARIA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Ver ley oficial en el DOF (pág. 50) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.