Artículo 186 de la LEY DE SALUD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si en un acta de verificación (el reporte que hace un inspector) se ve que alguien pudo haber cometido un delito, la Agencia de Protección Sanitaria tiene que presentar una denuncia ante el Ministerio Público (la agencia encargada de investigar delitos). Esto pasa además de cualquier multa o sanción que ya se haya aplicado. En pocas palabras, si durante una revisión sanitaria encuentran evidencia de un posible delito, lo reportan a las autoridades para que lo investiguen. Este proceso no reemplaza los castigos que ya estén marcados por la ley.
Texto oficial
Artículo 186. Sin perjuicio de la imposición de las sanciones procedentes, cuando del contenido de un acta de verificación se desprenda la posible comisión de uno o varios delitos, la Agencia de Protección Sanitaria formulará la denuncia correspondiente ante el Ministerio Público. CAPÍTULO VIII RECURSO DE INCONFORMIDAD
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.