- Ley
- LEY DE SALUD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 21
Artículo 21 de la LEY DE SALUD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Gobierno, con ayuda del Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva de la Ciudad, va a decidir cómo trabajar en equipo para planear los servicios de salud. Esto significa que van a ponerse de acuerdo en cómo organizar hospitales, clínicas y atención médica en toda la ciudad. Todo lo harán siguiendo las reglas de esta ley y otras leyes que apliquen. En pocas palabras, es un acuerdo para que los servicios de salud estén bien coordinados y funcionen mejor para todos.
Texto oficial
Artículo 21. El Gobierno, con la intervención que corresponda al Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva de la Ciudad, definirá la forma de colaboración y coordinación en materia de planeación de los servicios de salud, de conformidad con las disposiciones de esta Ley y de los instrumentos jurídicos aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.