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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_13283/23
Ley
LEY DE SALUD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
23

Artículo 23 de la LEY DE SALUD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La autoridad sanitaria (como la Secretaría de Salud) puede ponerte una multa cuando hace su trabajo, pero debe tener razones muy claras y explicártelas por escrito, apoyándose en el reglamento de esta ley. No te pueden multar nomás porque sí, necesitan fundamentar bien por qué y con base en qué regla. Si te llega una multa, revisa que esté explicada paso a paso, porque si no, no es válida.

Texto oficial

Artículo 23. La autoridad sanitaria podrá establecer multas en el ejercicio de sus facultades, debidamente fundadas y motivadas, de conformidad con el Reglamento de la presente Ley. CAPÍTULO V CONSEJOS, COMISIONES Y COMITÉS

Ver texto oficial de la LEY DE SALUD DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 16) ↗

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