Artículo 29 de la LEY DE SALUD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo crea un grupo especial llamado Consejo para la Prevención y Atención de la Obesidad en la Ciudad de México. Su trabajo es planear, revisar y coordinar todas las acciones del gobierno para prevenir y tratar el sobrepeso, la obesidad y los problemas de alimentación, como la anorexia o la bulimia. También se encarga de dar su opinión sobre estas estrategias y de que funcionen bien en toda la ciudad. En pocas palabras, es el equipo que dirige los esfuerzos para ayudar a la gente a tener una mejor alimentación y peso saludable.
Texto oficial
Artículo 29. El Consejo para la Prevención y la Atención Integral de la Obesidad, Sobrepeso y los Trastornos de la Conducta Alimentaria de la Ciudad de México será un órgano encargado del diseño, consulta, evaluación y coordinación de las estrategias, programas y políticas públicas en materia de prevención y atención integral del sobrepeso, la obesidad y los trastornos de la conducta alimentaria en la Ciudad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.