Artículo 39 de la LEY DE SALUD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 39 dice cómo está formado el Comité Científico que vigila la salud y las enfermedades en la Ciudad de México. Este comité lo encabeza el titular de la Secretaría de Salud local, y lo secundan los jefes de otras dependencias, como los servicios médicos, protección civil, educación, finanzas, agua y hasta la agencia digital. También se invitan siempre a otras instituciones importantes, como la UNAM, el IPN, la Secretaría de Salud federal y la Organización Mundial de la Salud, para que den su opinión. Además, el jefe de la Secretaría de Salud escoge a un secretario técnico que apoye al comité, y todo lo que hagan lo tienen que reportar al Consejo de Salud de la Ciudad de México.
Texto oficial
Artículo 39. El Comité Científico de Vigilancia Epidemiológica y Sanitaria de la Ciudad de México estará integrado por las personas titulares de: I. La Secretaría, quien lo presidirá; II. La Subsecretaría de Prestación de Servicios Médicos e Insumos, quien ocupará la vicepresidencia; III. La Dirección General de Prestación de Servicios Médicos y Urgencias; IV. Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México; V. La Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno de la Ciudad de México; VI. La Secretaría de Educación; VII. La Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil; VIII. La Secretaría de Gobierno; IX. La Secretaría de Administración y Finanzas; X. La Agencia Digital de Innovación Pública, y XI. El Sistema de Aguas de la Ciudad de México. Asimismo, serán invitados permanentes un representante de cada una de las siguientes instituciones: a) La Secretaría Federal; b) La Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios; c) El Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos Dr. Manuel Martínez Báez; d) La Universidad Nacional Autónoma de México a través de la Facultad de Medicina; e) La Universidad Autónoma Metropolitana en su División de Ciencias Biológicas y de la Salud; f) El Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional; g) La Escuela Superior de Medicina del Instituto Politécnico Nacional; h) La Universidad Autónoma de la Ciudad de México; i) La Academia Nacional de Medicina; j) La Academia Mexicana de Ciencias; k) La representación en México de la Organización Panamericana de la Salud, y l) La Representación en México de la Organización Mundial de la Salud. El Comité Científico de Vigilancia Epidemiológica y Sanitaria de la Ciudad de México, contará con un Secretario Técnico designado por la persona titular de la Secretaría; asimismo el Comité reportará sus actividades, logros y avances en las sesiones del Consejo de Salud de la Ciudad de México.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.