Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 70 de la LEY DE SALUD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 70 dice que, para los efectos de esta ley, cuando hablen de "cáncer" se refieren a los tumores malignos, o sea, esos bultos o masas de células que crecen de manera descontrolada. Lo malo de estos tumores es que las células no siguen las reglas normales del cuerpo: se multiplican sin parar y además pueden viajar por la sangre o la linfa para invadir otras partes del cuerpo, lo que se llama metástasis. En pocas palabras, es un crecimiento anormal de células que se sale de control y que puede esparcirse a otros órganos.

Texto oficial

Artículo 70. Para efectos del presente capítulo, se entiende por cáncer al tumor maligno en general que se caracteriza por la pérdida en el control de crecimiento, desarrollo y multiplicación celular con capacidad de producir metástasis.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.