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Artículo 86 de la LEY DE SALUD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si vives en la Ciudad, tienes derecho a recibir servicios de salud para el oído que dé el Gobierno. Los programas que se hagan sobre este tema van a enfocarse en prevenir problemas, curarlos y ayudar a rehabilitar a quienes lo necesiten.

Texto oficial

Artículo 86. Las personas que habitan en la Ciudad tienen derecho a recibir los servicios de salud auditiva, que otorgue el Gobierno. Los programas que se diseñen en materia de salud auditiva serán preventivos, curativos y de rehabilitación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 32) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.