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Artículo 107 de la LEY DE VIVIENDA PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría y el Instituto tienen la obligación de reportar cualquier acto ilegal ante las autoridades que correspondan. Esto aplica cuando agentes inmobiliarios, directores de obra, empresas constructoras, supervisores o grupos de vivienda no cumplan con lo que dice esta ley. En palabras simples: si alguien hace algo prohibido, ellos deben avisar a las autoridades para que actúen. Esto es para garantizar que todos sigan las reglas y no haya trampas en los procesos de vivienda.

Texto oficial

Artículo 107. La Secretaría y el Instituto, en el ámbito de sus competencias, realizará las denuncias correspondientes en caso de una conducta ilícita a las autoridades competentes, de profesionales inmobiliarios, directores responsables de obra, empresas desarrolladoras de vivienda, supervisores, organizaciones sociales de vivienda, encargados de cumplir con lo dispuesto en la presente Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 32) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.