Artículo 19 de la LEY DE VIVIENDA PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Congreso de la Ciudad de México es quien se encarga de todo lo relacionado con la vivienda en la capital. Sus funciones principales son: cuidar que la gente tenga acceso a una vivienda digna, asegurarse de que las autoridades trabajen en equipo y cumplan las reglas, y aprobar cada año el dinero que se va a gastar en vivienda y terrenos. También puede llamar a funcionarios públicos para que expliquen cómo van sus trabajos en este tema, opinar sobre los programas de vivienda y aprobar o rechazar cambios en la zonificación (es decir, decidir en qué terrenos se puede construir o no) que proponga el Jefe de Gobierno. Además, tiene otras facultades que le dan la Constitución y las leyes de la Ciudad de México.
Texto oficial
Artículo 19. El Congreso de la Ciudad de México, será competente en materia de vivienda, para: Reformado G.O.CDMX 02/05/2025 I. Velar por los intereses de la ciudadanía en materia de vivienda adecuada; Fracción reformada G.O.CDMX 02/05/2025 II. Salvaguardar la convivencia y coordinación entre las autoridades de la presente Ley; III. Vigilar el cumplimiento de la política de vivienda; IV. Aprobar anualmente el presupuesto en materia de vivienda y suelo; V. Citar a las y los servidores públicos de la Administración Pública de la Ciudad de México, para que rindan su informe anual sobre las labores en materia de vivienda, de conformidad con las leyes reglamentarias del propio Órgano Legislativo de la Ciudad de México, VI. Dar seguimiento y opinar sobre los programas de vivienda; VII. Analizar, dictaminar y, en su caso, aprobar los cambios de zonificación propuestos por la o el titular de la Jefatura de Gobierno para dar cumplimiento a los Programas de Vivienda; y VIII. Las demás que otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política de la Ciudad de México, la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México, y demás ordenamientos aplicables en la materia. SECCIÓN VI DE LA COORDINACIÓN
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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