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Artículo 46 de la LEY DE VIVIENDA PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 46 dice que usar ecotecnologías (como paneles solares o sistemas de ahorro de agua) tiene cuatro metas principales: primero, mejorar la calidad de vida de las personas que las reciben; segundo, gastar menos agua, gas y luz, aprovechando mejor los recursos naturales; tercero, reducir el Dióxido de Carbono que se contamina al aire; y cuarto, aumentar el valor de las casas donde se instalan.

Texto oficial

Artículo 46. El objeto de la aplicación de las ecotecnologías, será: I. Mejorar la calidad de vida de las y los beneficiarios; II. Disminuir el consumo de agua, gas y energía eléctrica, optimizando el uso de los recursos naturales implicados; III. Mitigar las emisiones de Dióxido de Carbono a la atmósfera; e IV. Incrementar el valor patrimonial de la unidad de vivienda.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

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