Artículo 46 de la LEY DE VIVIENDA PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 46 dice que usar ecotecnologías (como paneles solares o sistemas de ahorro de agua) tiene cuatro metas principales: primero, mejorar la calidad de vida de las personas que las reciben; segundo, gastar menos agua, gas y luz, aprovechando mejor los recursos naturales; tercero, reducir el Dióxido de Carbono que se contamina al aire; y cuarto, aumentar el valor de las casas donde se instalan.
Texto oficial
Artículo 46. El objeto de la aplicación de las ecotecnologías, será: I. Mejorar la calidad de vida de las y los beneficiarios; II. Disminuir el consumo de agua, gas y energía eléctrica, optimizando el uso de los recursos naturales implicados; III. Mitigar las emisiones de Dióxido de Carbono a la atmósfera; e IV. Incrementar el valor patrimonial de la unidad de vivienda.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.