Artículo 47 de la LEY DE VIVIENDA PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las ecotecnologías son cosas como paneles solares o sistemas de ahorro de agua que se ponen en las casas. La ley dice que estas deben servir para ahorrar dinero y energía, siguiendo las reglas de la "NAMA de Vivienda Sustentable" (un programa de casas ecológicas) o las normas oficiales del momento. Eso sí, el ahorro tiene que ir de acuerdo a lo que gana la persona que recibe la casa o el crédito para comprarla.
Texto oficial
Artículo 47. Las ecotecnologías que se incorporen a las unidades de vivienda, deberán garantizar un ahorro, buscando cumplir con los estándares de la NAMA de Vivienda Sustentable o, en su caso, de la política de vivienda sustentable vigente, ligado al nivel de ingreso de la o el beneficiario de una acción habitacional o de un crédito para la obtención de una unidad de vivienda.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.