Artículo 10 del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien comete un delito y antes de que termine su castigo sale una nueva ley sobre ese mismo delito, se aplica la que le beneficie más al acusado o al que ya está sentenciado. El juez o la autoridad que lleva el caso está obligada a usar la ley más favorable, aunque el acusado no la pida. Si ya condenaron a alguien y después una nueva ley reduce el castigo, se le aplica la pena más baja.
Texto oficial
ARTÍCULO 10.- (Principio de ley más favorable). Cuando entre la comisión del delito y la extinción de la pena o medida de seguridad correspondientes, entrare en vigor otra ley aplicable al caso, se estará a lo dispuesto en la ley más favorable al inculpado o sentenciado. La autoridad que esté conociendo o haya conocido del procedimiento penal, aplicará de oficio la ley más favorable. Cuando el reo hubiese sido sentenciado y la reforma disminuya la penalidad, se estará a la ley más favorable.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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